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Real cédula al obispo de la Ciudad de Antequera, Valle de Oaxaca (27 May 1582)
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El Rey
[RDo Incho?] Padre obispo de la iglesia cathedral de la ciudad de Antequera del valle de Oaxaca de la Nueva España del [mo Cons[]o?] nos somos informado, que en esa tierra se van acabando los indios naturales de ella por los malos tratamientos que sus en comenderos les hacen, y que habiéndose disminuido, tanto los dichos indios que en algunas partes faltan mas de la tercia parte les lle ban las tasas por entero que es de tres partes las dos mas de lo que son obligadas a pagar y los tratan peor que esclavos y como ta les se hallan muchos vendidos y comprados del nos encomenderos a otros y algunos muertos [?]
Real cédula al virrey que informe sobre que la Orden de Santo Domingo pide ir a fundar conventos en Nuevo México (30 November 1599)
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El Rey
Conde de monte rey pariente mi Virrey, Gobernador y [capitán?], General de la Nueva España o a la persona o personas a cuyo cargo fuesse el gobierno de ella. Por parte de la orden de santo domingo de esa tierra se me ha hecho Relación y que para aquellos naturales de las Provincias del Nuevo México sean influidos en las cosas, [...], Santa Fe y se les administren los sacramentos y declare el Santo Evangelio y
El Virrey de la Nueva España que informe sobre que la orden del santo Domingo pide [?] para fundar conventos de ella en el Nuevo México
Expediente sobre los indios del Pueblo Guasitzazongo que vayan a los oficios divinos y a recebir los Santos Sacramentos al pueblo de Tenango (1566)
Acta del Tribunal de la Inquisición de Mexico (26 February-25 April 1576)
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nos los inquisidores contra la hereticaprauedad y apostassia [?]dela[?] çiudad de mexco etados y provinçias de la nueba spaña y su partido por autoridad [ca?] [a?...] [y?] qualequier personas [...?] hombres como mugeres de qualqier estado y condicion questan vesinos y moradores enesta çiudad de mexico estantes y avitantes en ella y en las otras çiudades villas y lugares deste arçobispado y del dicho nuestro distrito y a cada uno qualquier de vos aquien [?]lodejuso[?] scripto toca e tocar puede en qualquier manera. saved que de las relaciones de las causas despachadas en los autos de la fee vistas en el consejo supmo. de la santa general ynquisicion sea entendido la mucha frequencia que ay en el delito de dezir quela siempre fornicacion no es pecado y la poca enmienda que eneste herror [?]habla hagora[?] ha avido conber el castigo que cada año se haze en todas las yquisiciones y aviendose hecho diligencia para entender si los tales delinquentes tienen herror en el entendiemiento parece que en todo ai ygnorancia a que los trae la çeguedad passion y torpeza de su prorpia culpa y [...?] se fundan en la permision de las mugeres publicas por lo qual y para que ninguno puedapretender la ygnorancia y los que delinquieren sean castigados con la demostracion y exemplo que requiere el delito para [...?] y remediar este daño lo dezimos Çertificamos y amonestamos que la simple fornicacion es pecado mortal y que dezir lo contrario es heregia condenada por la santa yglesia de Roma y que contra los que la dixeren de aqui adelante se proçedera con mas rigor como contra hereges que no pueden alegar ni pretender la ygnorançia que havla aqui. an querido presumir y encamos y mandamos a todo los predicadores que asi lo prediquen al pueblo declaren y amonesten y los pulpitos para que [...?] pueda benir a noticia de [...?] dada en mexico veynte y seis de febrero del año de mill y quinientos y setenta y seys. [rubrica] Llçendo. bonilla [rubrica] no firmo el s. inqon. avalos Por estar auste. de Mco. Por mando. del señor Inqor. [rubrica] Pedro de los Rios [rubrica]
Testimonio de un acuerdo del Cabildo de la Catedral de México sobre una consulta del Deán de la Catedral de Guadalajara. Sobre sus funciones (1608)
Independencia. Testimonio de la certificación sobre servicios prestados en la Guerra de Independencia. Se relata la acción de la fragata mexicana “Guerrero” contra la fragata “Libertad”. La copia del testimonio es de México, 1825-28 (16 de abril de 1880)
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El Licenciado Luis Antonio Moran Secretario del Juzgado 5o de lo civíl del Señor Licenciado Manuel Cristóbal Tello, se encuentra radicado el juicio promovido por el Señor Don José Rosales Gordua pidiendo amparo contra la Secretaria de Guerra por violacion del artículo ventisiete de la Constitucion, y en él obran las constancias siguientos: =‟Tello quinto=Medio real Años de mil ochocientos cincuenta y dos y cincuenta y tres.=Guillermo A Wyes Cuidadano de los Estados Unidos del Norte de América, y Command te g. e ficé del Bergan= tin Bravo Mexicano de Guerra dependiente de la Escuadra nacional en los años de 1826, 27 y 28.= Certifico: que á fines del 26 que de la Isla de Sacrificios levantó sus andas la Escuadra mexicana para cruzar sobre las costas enemigas de Cuba almando del Comodoro Mr. David Porter con la Capitana Fragata Libertad, Bergant. Bravo, Victoria y Bergantin Goleta Hermán, el Cap n hoy de Caball o Don José Rosales, fué uno de los individ s que con la marinería y tropa de este país se embarcó y unidos á la tripulacion de Americanos, hizo su servicio de mar á bordo del Bravo que era el Brigne de mi esclusivo mando: que en él permananció los once meses y dias que aquel se empleó en el crucero de aquella epoca: que en este tiempo, Rosales se portó con honradez y utilidad del servicio, no obstante su menor edad, pues siendo Corneta y aténdiendo al que prestata de traslador la órden diaria del inglés al castellano que iba á tomar de la Fragata (unclear)
Carta dotal en su matrimonio con Don Francisco de Honrendain. Guadalajara. (Se trata de la nieta de Tomás de Bracamonte, Conquistador de Nueva Galicia.)
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Y también un bufetillo de plata en madera con cua tro cajonsillos en ciento y cincuenta pesos en reales Y también una negrilla criolla llamada Juana de edad de ocho años en doscientos y cincuenta pesos en reales Y también doce sillas de espaldar nuevas con clavazón dorado y tachonadas a diez pesos en reales cada una Y también seis taburetes nuevos de la misma for ma a seis pesos en [16?] cada uno Y también una alfombra morisca nueva de cinco varas de largo en ciento y cincuenta pesos en reales Y también un tapete nuevo fino en treinta pesos en reales Y también seis cojines nuevos la una de brocado carmesí de china y la otra de damasco a veinte pesos en reales cada uno Y también cuatro cojines de terciopelo carmesí de Castilla usados a diez pesos cada uno en reales Y también un vestido de mujer de terciopelo negro de la tierra de dos pelos guarnecido de pasa mano negro [flueco?] todo nuevo con su jubón de tirela en doscientos y cincuenta pesos en reales Y también otro vestido de mujer de [taur?] blanco y ro sado ropa saya y jubón todo guarnecido de pa samano de seda nuevo en doscientos pesos en reales Y también otro vestido nuevo de damasco de china de color saya y ropa y jubón de espolín guarnecido de oro en ciento y treinta pesos en reales Y también un manto sevillano con puntas grandes de seda nuevo en cincuenta pesos en reales Y también dos pares de chapínes nuevos con sus [birillas?] de plata ambos pares en cuarenta pesos en reales
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Y también una mantellina de terciopelo de color verde y encarnado aforrado en tafetán encarna do de Castilla con tres pasamanos de oro y pla ta de cincuenta pesos en reales Y también una hechura de San Francisco y Santa Te resa de oro que vale cuarenta pesos en reales Y también tres sortijas con sus piedras y dos pares de zarcillos de oro en veinte y nueve pesos en reales Todos los cuales vienes muebles y ajuar de suso de clarados fueron apreciados por personas que a ellos se ha llaron presentes y con los dichos reales